MARCO LEGAL
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Se estima que el 30% del total de la población en
edad escolar colombiana son niños, niñas y jóvenes que habitan las zonas
rurales y de difícil acceso. Las cifras que sustentan el estado actual de la
educación rural del país destacan las altas tasas de analfabetismo, los bajos
niveles de escolaridad y los grandes índices de deserción.
Adicionalmente, los diversos estudios muestran que
la población en edad escolar ingresa de manera tardía a la escuela y se
presenta una vinculación temprana con el mercado laboral.
La prestación del servicio educativo dirigida a la
población rural debe brindar oportunidades que permitan superar los cambios
económicos, especialmente en el sistema de producción, sufridos por el sector
en las últimas décadas. Así mismo, es necesario que los procesos educativos
brinden oportunidades que mejoren la calidad de vida de sus pobladores
contribuyendo a disminuir los índices de migración a los centros urbanos.
La población rural requiere de alternativas
educativas pertinentes que tengan en cuenta características geográficas,
sociales y culturales, con el fin de acercar la escuela a las comunidades y
disminuir la brecha existente entre el campo y la ciudad.
Para esto, es de especial importancia que las
entidades territoriales direccionen sus esfuerzos hacia la ampliación de
cobertura en los niveles de preescolar, básica secundaria y media, ya que es
allí donde residen los principales problemas de acceso y permanencia al sistema
educativo.
También se deben ofrecer programas de calidad que
garanticen contenidos curriculares, materiales educativos y formación docente
acordes con las particularidades de la zona.
o LEY 115 DE 1994: ARTÍCULO 3o. PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO; ARTÍCULO
4o. CALIDAD Y CUBRIMIENTO DEL SERVICIO; ARTÍCULO 9o. EL DERECHO A LA EDUCACIÓN;
ARTICULO 64, 65, 66, 67.
-- DECRETO 1490 DE JULIO 9 DE 1990: por el cual se adopta la metodología Escuela Nueva y se dictan otras disposiciones.
o DECRETO 230 DEL 11 DE FEBRERO DE 2011 Por el cual se dictan normas en materia de
currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional.
o DECRETO 3020 DE 10 DE DICIEMBRE DE 2002; por el cual se establecen los criterios y
procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo
del servicio educativo estatal que prestan las entidades territoriales y se
dictan otras disposiciones. ARTICULO 9: DIRECTOR RURAL; ARTICULO 11: ALUMNOS
POR DOCENTE;
o DECRETO 1171 DE 2004. relacionado con los estímulos para los docentes y
directivos docentes de los establecimientos educativos estatales ubicados en
áreas rurales de difícil acceso.
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